Tarifas
- Tarifas de Publicación 2026
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Todas las publicaciones del Sistema Público de la Provincia de Mendoza (Ejecutivo, Legislativo, Judicial y entes autárquicos).
Publicaciones del Sistema Público Nacional y de otras jurisdicciones provinciales de la República Argentina.
Edictos judiciales, acompañados de la autorización correspondiente firmada por autoridad competente.
Publicaciones de contratos sociales, convocatorias, asuntos de irrigación y minas, notificaciones, mensuras, avisos de la Ley 11.867, avisos de la Ley 19.550 y toda otra publicación de cumplimiento obligatorio para los ciudadanos en el marco de sus responsabilidades jurídicas.
Esta reforma representa un beneficio económico directo para los ciudadanos y moderniza el funcionamiento del Boletín Oficial, permitiendo una gestión más ágil y alineada con los estándares de un Estado contemporáneo.
LEY 9597
TARIFAS DE PUBLICACIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL
BOLETÍN OFICIAL
[…] Artículo 6º – Se abonarán las tasas que se indican a continuación:
2. Publicaciones de avisos en Boletín Oficial:
a) Por centímetro de columna de publicación corrida. Considerándose como centímetro 16 (dieciséis) palabras o fracción mayor de 10 (diez) palabras. No cobrándose las fracciones de hasta 9 (nueve) palabras. $270 (pesos DOSCIENTOS SETENTA con 00/100)
b) En las publicaciones en soporte magnético en las cuales la composición no se pueda determinar de forma corrida o por fracción de palabras, se tomará por cada cuarto de página un valor de $8.850 (pesos OCHO MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA con 00/100).
c) En las publicaciones de balances se pagará además de la tarifa ordinaria un %50 (cincuenta por ciento) adicional.
d) Publicaciones que por su naturaleza deban llevar encabezamiento, además de la tarifa ordinaria, se abonará el equivalente a 2 (dos) centímetros.
e) Las publicaciones cuyas entidades tengan oficio de eximición de pago por resolución judicial o autoridad competente se harán sin cargo y a costas del Boletín Oficial.
LEY 9496
TARIFAS DE PUBLICACIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO, INFRAESTRUCTURA Y DESARROLLO TERRITORIAL
BOLETÍN OFICIAL
[…] Artículo 6º – Se abonarán las tasas que se indican a continuación:
2. Publicaciones de avisos en Boletín Oficial:
a) Por centímetro de columna de publicación corrida. Considerándose como centímetro 16 (dieciséis) palabras o fracción mayor de 10 (diez) palabras. No cobrándose las fracciones de hasta 9 (nueve) palabras. $90 (pesos NOVENTA con 00/100)
b) En las publicaciones en soporte magnético en las cuales la composición no se pueda determinar de forma corrida o por fracción de palabras, se tomará por cada cuarto de página un valor de $2.950 (pesos DOS MIL NOVECIENTOS CINCUENTA con 00/100).
c) En las publicaciones de balances se pagará además de la tarifa ordinaria un %50 (cincuenta por ciento) adicional.
d) Publicaciones que por su naturaleza deban llevar encabezamiento, además de la tarifa ordinaria, se abonará el equivalente a 2 (dos) centímetros.
e) Las publicaciones cuyas entidades tengan oficio de eximición de pago por resolución judicial o autoridad competente se harán sin cargo y a costas del Boletín Oficial.
LEY 9432
TARIFAS DE PUBLICACIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
BOLETÍN OFICIAL
[…] Artículo 6º – Se abonarán las tasas que se indican a continuación:
2. Publicaciones de avisos en Boletín Oficial:
a) Por centímetro de columna de publicación corrida. Considerándose como centímetro 16 (dieciséis) palabras o fracción mayor de 10 (diez) palabras. No cobrándose las fracciones de hasta 9 (nueve) palabras. $40 (pesos CUARENTA con 00/100)
b) En las publicaciones en soporte magnético en las cuales la composición no se pueda determinar de forma corrida o por fracción de palabras, se tomará por cada cuarto de página un valor de $1.250 (pesos UN MIL DOSCIENTOS CINCUENTA con 00/100).
c) En las publicaciones de balances se pagará además de la tarifa ordinaria un %50 (cincuenta por ciento) adicional.
d) Publicaciones que por su naturaleza deban llevar encabezamiento, además de la tarifa ordinaria, se abonará el equivalente a 2 (dos) centímetros.
e) Las publicaciones cuyas entidades tengan oficio de eximición de pago por resolución judicial o autoridad competente se harán sin cargo y a costas del Boletín Oficial.
LEY 9355 (página 56 del anexo)
TARIFAS DE PUBLICACIONES
MINISTERIO DE GOBIERNO, TRABAJO Y JUSTICIA
BOLETÍN OFICIAL
[…] Artículo 6º – Se abonarán las tasas que se indican a continuación:
1. Copia certificada impresa en Boletín Oficial (por cada hoja) $150 (pesos cien con 00/100)
2. Publicaciones de avisos en Boletín Oficial:
a) Por centímetro de columna de publicación corrida. Considerándose como centímetro 16 (dieciséis) palabras o fracción mayor de 10 (diez) palabras. No cobrándose las fracciones de hasta 9 (nueve) palabras. $24,00 (pesos dieciséis con 00/100)
b) En las publicaciones en soporte magnético en las cuales la composición no se pueda determinar de forma corrida o por fracción de palabras, se tomará por cada cuarto de página un valor de $700 (pesos cuatrocientos ochenta con 00/100).
c) En las publicaciones de balances se pagará además de la tarifa ordinaria un %50 (cincuenta por ciento) adicional.
d) Publicaciones que por su naturaleza deban llevar encabezamiento, además de la tarifa ordinaria, se abonará el equivalente a 2 (dos) centímetros.
e) Las publicaciones cuyas entidades tengan oficio de eximición de pago por resolución judicial o autoridad competente se harán sin cargo y a costas del Boletín Oficial.
