Objetivo General del Programa:
PROGRAMA PROVINCIAL DE BUSQUEDA FAMILIAR, DE IDENTIDAD BIOLÓGICA, DE ORIGEN Y SOCIOAFECTIVO LEY 9182
Brindar asistencia y contención a todas las víctimas de sustitución o pérdida de identidad, cualesquiera sean las circunstancias, fecha de nacimiento, y/o familiares peticionantes.
Bienes y servicios que brinda:
Solicitar documentación de prueba que resulte relevante a la búsqueda, asesoramiento y acompañamiento en áreas de Salud Mental, solicitar exámenes de ADN, resguardar la información en el Registro Único, notificación en caso de existir familiares para contactar.
A instancia del interesado, el programa gestionará el acceso a toda información relacionada con la propia identidad biológica. Ley 9182. Programa Provincial de Búsqueda Familiar, de Identidad Biológica, de Origen y Socioafectivo.
¿Cómo acceder? (dibujar una manito que señale)
– Llamá al 3852076 o enviá e-mail para solicitar un turno a ddhh@mendoza.gov.ar
También podés ingresar al QR y completar formulario
QR: Google form (crear)

PROGRAMA TRATA DE PERSONAS: Ley 26.364/08 y modificatoria 26.842/12
La trata implica pasar la voluntad de las personas. Afecta la libertad y la integridad de las personas.
Las víctimas suelen ser captadas mediante ofertas de trabajos falsos, enamoramiento, etc.
Objetivo general del Programa:
PUNTO FOCAL MENDOZA: Protección, promoción y asistencia a las víctimas del delito de TRATA DE PERSONAS, derivadas por la Justicia.
Bienes y servicios que brinda: asistencia integral con enfoque de derechos humanos y perspectiva de género a las víctimas del delito para reparar derechos vulnerados-
Alojamiento, asistencia médica, reinserción educativa, capacitación laboral, asistencia económica.
Asesoramiento, prevención y denuncias al 145: destinado a la comunidad en general.
¿Qué podés denunciar?
– Desaparición de personas
– Prostíbulos encubiertos
– Reducción a la servidumbre
– Avisos de prostitución


Pensiones para Ex – Detenidos por Causas Políticas
DECRETO Nº 514 publicado en el Boletín Oficial Año CXIII. Mendoza, Martes 27 De Marzo /2012 Boletín Oficial N° 29.112
Objetivo General:
Implementar el decreto N° 514 que representa un mecanismo de reparación para las víctimas, hombres y mujeres, del terrorismo de Estado entre 1976 y 1983, y regula la ley N° 8395. Incluye también a las personas que en su momento fueron privados de la libertad por las leyes 20.642, 20.840 y 21.338 y de cualquier ley o resolución dictados con las mismas finalidades.
Bienes y/o servicios que brinda:
Bienes:
El monto mensual del beneficio será el equivalente a la asignación de clase del personal de categoría 10, del agrupamiento administrativo y técnico, de la Ley Nº 5.126 y sus modificatorias. Se liquidará desde la presentación de la solicitud establecida en el Artículo 4º inc. a) del presente decreto.
Servicios:
Es un trámite personal y gratuito que no requiere patrocinio letrado.
Criterios de Inclusión:
I) Los hombres y mujeres que en su condición de civiles, entre el 24 de marzo de 1976 y el 10 de diciembre de 1983 hayan sido condenados por Consejo de Guerra, puestos a disposición del Poder Ejecutivo Nacional y/o privados de libertad, por causas políticas, gremiales o estudiantiles, como consecuencia del accionar de las Fuerzas Armadas, de Seguridad o de cualquier otro grupo, haya habido o no sentencia condenatoria en su contra.
II) Los hombres y mujeres que por causas políticas, hayan sido privados de la libertad por orden de Tribunales Ordinarios en virtud de la aplicación de las Leyes Números 20.642, 20.840 y 21.338 y de cualquier otra ley decreto o resolución dictados con similares finalidades.
Formulario que deberán presentar:
https://www.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/21/2024/11/FORMULARIO-EXPRESOS-FALLECIDO-2.pdf
https://www.mendoza.gov.ar/wp-content/uploads/sites/21/2024/11/formulario-ex-preso-nuevo.pdf

Recepción de Denuncias sobre Derechos Humanos Vulnerados
Objetivo General:
Prestar el servicio de guardia permanente en horario diurno en día hábiles para la recepción de denuncias relativas a cuestiones vinculadas con la vulneración de derechos fundamentales relacionados a las temáticas de “género”, “discriminación”, “pueblos originarios”, “asuntos de derecho internacional”, “memoria”, “situación de las personas privadas de libertad”, entre otras.
La Dirección de Protección de Derechos Humanos no patrocina casos particulares.
Bienes y/o servicios que brinda:
Derivación a los organismos que correspondan.

