Programa Provincial de Salud Reproductiva

Servicios

 

  • Asesoramiento e información sobre salud sexual, derechos reproductivos y no reproductivos.
  • Entrega de métodos anticonceptivos de barrera (preservativos), AHE (Anticoncepción hormonal de emergencia) y otros.
  • Colocación de DIU (Dispositivo Intrauterino) e implantes subdérmicos.
  • Consejería y asesoramiento en Interrupción Voluntaria del Embarazo / Interrupción Legal del Embarazo
    (Ley 27.610) / Contacto: 0800 222 3444

DIU: Consultorios de colocación inmediata

Ciudad
Centro de Salud San Antonio (Lunes y jueves 8.30 a 13 h.)

Lugares de Atención

Guaymallén
Centro de Salud Nº 14 Pedro Molina (miércoles y jueves – turno mañana)
Centro de Salud Nº 16 Villa Nueva (lunes a viernes – turno mañana)
Centro de Salud Nº 12 Bermejo (lunes a viernes – turno mañana)
Centro de Salud Nº 13 Colonia Segovia (lunes y martes – turno mañana)
Centro de Salud Nº 179 Prof. Carbonari (lunes a viernes – turno mañana)
Centro de Salud Nº 185 Juan Foucault (martes y jueves – turno mañana)
U.S.F. Nº 210 Barrio Escorihuela (lunes, miércoles y viernes – turno mañana)
CIC 904 Barrio Paraguay (miércoles y jueves – turno mañana)
Centro de Salud Nº 222 René Favaloro (jueves – turno mañana)
Centro de Salud Nº 246 Puente de Hierro (martes y jueves – turno mañana)
Centro de Salud Nº 009 Los Corralitos (lunes a viernes – turno mañana)
Hospital Notti (martes, jueves y viernes consultorio de Adolescentes de 14 a 17 hs
miércoles y viernes 13 a 16 hs)

Las Heras
Hospital Carrillo (Jueves de 10.30 a 11.30)
Centro de Salud Nº 18 (Jueves desde las 8 h)

Godoy Cruz
Modo si (Armani 1880)
Centro de Salud Nº 515 Barrio Sol y Sierra (Martes y jueves de 8 a 12)
Centro de Salud Nº 174 Ramon Carillo (Miércoles, jueves y viernes de 7 a 12.30)

Maipú
Centro de Salud Nº 357 Tittarelli (Miércoles de 8 a 12)
Centro de Salud Nº 335 Ruta 20 (Martes de 8 a 12)
Centro de Salud Nº 310 Los álamos (Jueves de 8 a 12)
Hospital Metraux (Lunes, martes y miércoles de 8 a 12)
CIC N° 907 Barrio 25 de Mayo (Lunes y miércoles de 8 a 12)
Centro de Salud N° 60 (Todos los días de 9 a 12)

Luján de Cuyo
Centro de Salud Nº 33 La Colonia (Martes de 14 a 18)
Centro de Salud Nº 32 Las Compuertas (de 10 a 14)

Lavalle
Centro de Salud Nº 43 Costa de Araujo (Lun, Mar, Mier de 8 a 15 h)

Rivadavia
CAPS Nº 146 Campamentos (Lun 11 hs. / Vie 10 hs.)
CAPS Nº 337 Barrio Titarelli (Martes 10 hs.)
CAPS Nº 336 La Forestal (Miércoles 10 hs.)
CAPS Nº 67 Medrano (Lunes 8 hs.)
CAPS Nº 68 Los Árboles (Martes 8 hs.)
CAPS Nº 316 Mundo Nuevo (Miércoles 8 hs.)
CAPS Nº 315 Andrade (Jueves 8 hs.)
CAPS Nº 554 Posta San Isidro (Viernes 8 hs.)
CAPS Nº 66 El Mirador (Martes 8 hs.)
Hospital Saporiti (Lunes a viernes por la mañana)

San Martín
Hospital Perrupato (Viernes por la mañana)
Centro de Salud N° 82 (Miércoles)
Centro de Salud N° 85 (1er y 3er jueves de cada mes)
Centro de Salud N° 195 (Viernes por la mañana)

La Paz
Hospital A. Illia – Consultorio de Obstetricia (Jueves de 9 a 12 )

Santa Rosa
Hospital A. Raffo – Consultorio de Obstetricia (Lunes de 9 a 12)

General Alvear
Centro de Salud Nº 121 Bowen (Martes de 8 a 12)
SUM Barrio San Carlos (Viernes de 8 a 12)

Para colocación de DIU
NO es requisito:

El consentimiento de la pareja.
Haber tenido hijos/as.
Ser mayor de edad.
Estudios como PAP o ecografías.

Implantes subdérmicos

Es requisito tener menos de 24 años. Disponibles en Centros de Salud y Hospitales de la provincia.

Anticoncepción quirúrgica

Ligadura de Trompas:
Hospital Luis Lagomaggiore
Hospital Enfermeros Argentinos
Hospital Diego Paroissien
Hospital Regional Malargüe
Hospital Carlos Saporiti
Hospital Victorino Tagarelli
Hospital Alfredo Perrupato
Hospital Teodoro Schestakow
Hospital Antonio Scaravelli

Vasectomía
Hospital Central
Hospital Luis Lagomaggiore
Hospital Diego Paroissien
Hospital Carlos Saporiti
Hospital Victorino Tagarelli
Hospital Alfredo Perrupato
Hospital Regional Malargüe
Hospital Teodoro Schestakow
Hospital Antonio Scaravelli

 

Atención de la salud integral de personas trans, travestis y no binarias

Correo Oficial: ssrdiversidad@mendoza.gov.ar

Línea de Salud Sexual: 0800 222 3444

Consultorios de reafirmación hormonal de género

GRAN MENDOZA (Ciudad, Las Heras, Godoy Cruz, Guaymallén, Maipú, Luján de Cuyo)
HOSPITAL CENTRAL
REFERENTE: Lic. Germán Gregorio Morassutti
Miércoles a partir de las 8 h. (Por orden de llegada).
ENDOCRINOLOGÍA: Dr. Pablo Ferrada
Teléfono: 261 3855384
Consultorios externos – pabellón 2 – consultorio 36 – Calle Alem y Salta, Mendoza.

ZONA NORTE (Lavalle)
HOSPITAL SICOLI
REFERENTE: Lic. Lucas Martinez Funes
Dra. Leticia Del Cid – Área Servicio Social
Teléfono: 261 494 1049
Lunes, miércoles y viernes. De 8:30 a 13 h.
Belgrano 415 – Villa Tulumaya – Lavalle

ZONA ESTE (San Martín, Junín, La Paz, Santa Rosa, Rivadavia)
PERRUPATO
REFERENTE: Dr. González Gerónimo Carolina
Lunes, miércoles y viernes de 13 A 17 h.
Teléfono: 263 4422195
Consultorios externos Boulogne Sur Mer. Ruta Provincial Nº 50. San Martín.

VALLE DE UCO (Tunuyán, Tupungato, San Carlos)
REFERENTE: Lic. Nicolás Agüero
Teléfono: 262 2611514
Centro de Salud 198 Dr. Fermin Carrizo
Martes, Miércoles y Viernes 9 A 13 h.
Centro de Salud 370 Dr. Aldo Palumbo
Lunes y jueves 9 A 13 h.

ZONA SUR (San Rafael)
Hospital Schestakow
REFERENTE: Patricia Aguilera – Dr. Hernan Alias
Viernes 8:30 h. Consultorio N° 20.
Comandante Torres 150, San Rafael.
Teléfonos: (0260) 442-2580 / (0260) 442-4291

INFANCIAS Y ADOLESCENCIAS
Hospital Notti
Derivacion de la Coordinacion Lic. German Gregorio
REFERENTES: Dra. Zelmira Guntsche y Dra. Adriana Minatti
Servicio de Endocrinología y Adolescencia Dra. María Belén Raina. Dra. Carina Avellaneda López – Dra. María Elena Chirino
PSICOLOGÍA: Lic. Cavallo Musa y Elida Mussa
Lunes a viernes de 8 a 15 h. Bandera De Los Andes 2603 – Guaymallén Teléfonos: (0261) 445 2982 – (0261) 413 2633

 

Interrupción Voluntaria y Legal del Embarazo

La normativa vigente la cual garantiza el acceso a prestaciones de salud sexual y reproductiva con confidencialidad, trato digno y respeto por la autonomía de las personas. La atención en salud sexual y reproductiva debe considerarse una situación prioritaria, por lo cual el acceso sin turno no debería constituir una barrera para la atención.
Asimismo, la Ley 27.610 establece el derecho de las personas a acceder a la interrupción voluntaria y legal del embarazo —IVE/ILE—.
La consejería y la solicitud de estudios complementarios pueden ser realizadas por cualquier profesional de la salud. En caso de que el/la profesional sea objetor/a de conciencia, deberá realizar la derivación correspondiente sin obstaculizar ni demorar el acceso a la práctica.

Según lo fundamentado se sugiere incluir el siguiente contenido:

Objetivo
La Ley 27.610 regula la interrupción voluntaria del embarazo y la atención postaborto. La
norma se dicta en cumplimiento de los compromisos asumidos por el Estado argentino en
materia de salud pública y derechos humanos de las mujeres y personas con otras identidades
de género con capacidad de gestar, con el objetivo de reducir la morbimortalidad asociada a
abortos inseguros. El Ministerio de Salud es la autoridad de aplicación de esta ley.

Derechos
Las mujeres y personas con otras identidades de género con capacidad de gestar tienen
derecho a:

  • Decidir la interrupción del embarazo de acuerdo con lo establecido por la ley.
  • Solicitar y acceder a la atención de la interrupción del embarazo en los servicios del sistema
    de salud.
  • Solicitar y recibir atención postaborto en los servicios del sistema de salud, incluso cuando
    la decisión de abortar no hubiera estado legalmente habilitada.
  • Prevenir embarazos no intencionales mediante el acceso a información, educación sexual
    integral y métodos anticonceptivos eficaces.

Marco normativo
Las disposiciones de la Ley 27.610 se enmarcan en el artículo 75 inciso 22 de la Constitución
Nacional y en los tratados internacionales de derechos humanos ratificados por la República
Argentina, entre ellos:

  • Declaración Universal de Derechos Humanos.
  • Convención Americana sobre Derechos Humanos.
  • Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW).
  • Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.
  • Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos.
  • Convención de Belém do Pará.
  • Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad.
  • Convención sobre los Derechos del Niño.
  • Convención contra la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes.

Interrupción voluntaria del embarazo
La ley reconoce el derecho a decidir y acceder a la interrupción voluntaria del embarazo hasta
la semana 14 inclusive, requiriéndose únicamente el consentimiento informado.
Luego de la semana 14, el acceso se encuentra garantizado cuando:

  • El embarazo es resultado de una violación.
  • Estuviera en peligro la vida o la salud de la persona gestante.

En ningún caso podrá exigirse denuncia judicial o policial ni autorización judicial para acceder a
la práctica.

Derechos en la atención de la salud
La normativa establece que el acceso a la práctica debe garantizarse dentro de un plazo
máximo de 10 días corridos desde su requerimiento.
Asimismo, durante todo el proceso de atención deben garantizarse los siguientes derechos:

  • Trato digno.
  • Privacidad.
  • Confidencialidad y secreto médico.
  • Respeto por la autonomía de la voluntad.
  • Acceso a información clara, actualizada y accesible.
  • Atención con estándares de calidad y evidencia científica actualizada.

Información y acompañamiento
Los establecimientos de salud deberán garantizar:

  • Información sobre el procedimiento y cuidados posteriores.
  • Atención integral de la salud durante todo el proceso.
  • Consejería y acompañamiento postaborto.
  • Información y acceso a métodos anticonceptivos.

Estos servicios no son obligatorios para la persona usuaria ni constituyen requisitos para
acceder a la práctica.

Consentimiento informado
La interrupción voluntaria del embarazo requiere consentimiento informado por escrito de la
persona gestante, el cual deberá incorporarse a la historia clínica. Se deberán garantizar
formatos accesibles cuando sea necesario.
Personas menores de edad y personas con capacidad restringida
El acceso a la práctica deberá garantizarse respetando el principio de autonomía progresiva, la
normativa vigente y los apoyos necesarios establecidos en el Código Civil y Comercial y leyes
específicas de protección de derechos. En ningún caso se requerirá autorización judicial para
acceder a la práctica.

Objeción de conciencia
Los/as profesionales que ejerzan objeción de conciencia deberán:

  • Mantener la misma postura en todos los ámbitos donde ejerzan.
  • Derivar de buena fe y de manera inmediata.No obstaculizar ni demorar el acceso.

La objeción de conciencia no podrá invocarse en situaciones de urgencia ni para negar atención
postaborto.

Obligaciones de los establecimientos de salud
Los establecimientos de salud deberán:

  • Garantizar la práctica y en caso de derivación, asumir las gestiones y costos
    correspondientes para asegurar el acceso oportuno y efectivo.
  • Cobertura de las prestaciones: La interrupción voluntaria y legal del embarazo debe ser
    cubierta de manera integral y gratuita por el sistema público de salud, obras sociales y
    entidades de medicina prepaga, incluyendo diagnóstico, medicamentos y terapias de apoyo.

Información de Atención

  • Avenida San Martín 1360 1º Piso – Oficina 5
  • Teléfono: 4293286
  • Horario de atención: 07:00 a 16:00 hs
  • Email: salud-reproductiva@mendoza.gov.ar
    saludsrmendoza@gmail.com